Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
[18341/idb:2] Modificación de la NIC 28 Inversiones en entidades asociadas y en negocios conjuntos

El pasado 11 de febrero el DOUE publicó el Reglamento (UE) 2019/237 de la Comisión por el que se modifica la Norma Internacional de Contabilidad 28 Inversiones en entidades asociadas y en negocios conjuntos.

El 12 de octubre de 2017, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC/IASB) publicó «Intereses a largo plazo en entidades asociadas y en negocios conjuntos» (modificaciones de la NIC 28), en el marco del procedimiento de mejora que lleva a cabo con regularidad ese Consejo para racionalizar y aclarar las referidas normas. El objetivo de las modificaciones es aclarar que los requisitos de deterioro del valor de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 9 Instrumentos financieros se aplican a los intereses a largo plazo en entidades asociadas y en negocios conjuntos.

Así, se añade el párrafo 14A según el cual:

“Las entidades también aplicarán la NIIF 9 a otros instrumentos financieros en una entidad asociada o un negocio conjunto a los que no se aplique el método de la participación. Entre ellos se incluyen los intereses a largo plazo que, en sustancia, formen parte de la inversión neta de la entidad en la asociada o en el negocio conjunto (véase el párrafo 38). Las entidades aplicarán la NIIF 9 a esos intereses a largo plazo antes de aplicar lo dispuesto en el párrafo 38 y en los párrafos 40 a 43 de esta Norma. A la hora de aplicar la NIIF 9, las entidades no tendrán en cuenta ningún ajuste en el importe en libros de los intereses a largo plazo que se deriven de la aplicación de la presente Norma.”

Se suprime el párrafo 41 y se añaden párrafos nuevos dentro del apartado Fecha de vigencia y transición.

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232