Se elevan las cuantías defraudadas de 50.000 euros a 100.000 euros y de 4.000 a 10.000 euros para determinar las penas
En el BOE de 21 de febrero de 2019 y en vigor el 13 de marzo, se ha publicado la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, que modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional.
En lo que a materia fiscal se refiere, se introducen modificaciones en el título XIV (de los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social), concretamente, en el apartado 3 del artículo 305 (delito de defraudación contra la Hacienda de la Unión Europea), para aumentar la cuota defraudada para establecer la infracción penal contra la Hacienda de la Unión Europea.
Por lo que se refiere al delito de defraudación contra la Hacienda de la UE, se tipifica ahora como delito de defraudación además de las conductas de eludir el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando de beneficios fiscales, también a quien eluda el pago de cualquier cantidad que deba ingresar o disfrute de manera indebida de un beneficio obtenido legalmente.
Además se elevan las cuantías defraudadas de 50.000 euros a 100.000 euros y de 4.000 a 10.000 euros para determinar las penas.