Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
[23368/idb:3] Cierre de Oficinas para atención presencial de la AEAT y del Ministerio de Hacienda

Las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante  RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS.

No se preocupe si tiene algún trámite pendiente.

La Agencia Tributaria es consciente de esta situación.

Además, se está tramitando una norma legal tributaria con la ampliación de los plazos para realizar trámites.

Si tiene cita pendiente, podrá obtener más adelante una nueva cita.

Para cualquier información adicional puede acceder a: www.agenciatributaria.es

También puede llamar a los teléfonos: 901 33 55 33 y 91 554 87 70

DISCULPE LAS MOLESTIAS

Fuente: AEAT (16/03/2020)

Del mismo modo, el Ministerio de Hacienda ha comunicado, con motivo de la situación de estado de alarma declarado, el cierre temporal hasta la finalización de dicha situación de todos los servicios de atención presencial al público y de todos los registros físicos dependientes del Ministerio de Hacienda.

Quedan a su disposición los servicios de atención telefónica (900567765) y electrónica, sobre los cuales encontrará información en el portal del Ministerio y en su sede electrónica central.

Además, indicamos que en la Disposición Adicional 3ª del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se decreta el estado de alarma,se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, reanudándose el cómputo de los plazos en el momento en que finalice el estado de alarma.

Fuente: Ministerio de Hacienda (17/03/2020)

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232