Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
[26468/idb:3] Modificaciones en el Rgto. del IS relativas a entidades financieras y a la presentación de información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales

Publicado en el BOE el Real Decreto 1178/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Rgto. del IS.

Con fecha 30 de diciembre de 2020, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1178/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio.

Como es sabido, el 1 de enero de 2018 entró en vigor la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, del Banco de España, cuyo objetivo fue adaptar el régimen contable de las entidades de crédito españolas a los cambios del ordenamiento contable europeo derivados de la adopción de dos nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) –la NIIF 15 y la NIIF 9–. Pues bien, esta Circular hace necesario adaptar el art. 9 del RD 634/2015 (Rgto IS), relativo a la cobertura del riesgo de crédito, a los nuevos términos contables utilizados en dicha Circular modificándose, asimismo, el art. 8 en la referencia que contiene a un apdo. del art. 9.

Por otra parte, la Unión Europea aprobó la Directiva (UE) 2016/881 del Consejo, de 25 de mayo de 2016, incluyendo en la misma las normas aplicables a la presentación de la información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales, por lo que se hace necesario adecuar el vigente texto reglamentario en lo que respecta al intercambio automático obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad, incluyendo en la misma las normas aplicables a la presentación de la información país por país por parte de los grupos de empresas multinacionales.

Así, aunque el RD 634/2015 (Rgto IS) ya recoge los aspectos sustanciales de la Directiva y del estándar mínimo de la Acción 13, existen determinados extremos, especialmente en cuanto a la obtención de información por las entidades residentes en España de sus matrices extranjeras se refiere que, en aras de una correcta transposición de la normativa comunitaria y del referido estándar mínimo, se estima conveniente precisar.

Dicho esto, además de los mencionados arts. 8 y 9, se modifica también el apdo. 1 del art. 13, relativo a información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas.

Este Real Decreto entra en vigor el 31 de diciembre de 2020, y tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido a la entrada en vigor de este Real Decreto.

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232