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[27246/idb:3] Proyecto de Orden que modifica las declaraciones censales 030, 036 y 037

El Ministerio de Hacienda ha presentado el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/1274/2007 relativa a las declaraciones censales contenidas en los modelos 036 y 037, así como la Orden EHA/3695/2007 por la que se aprueba el modelo 030.

En el modelo 036 se han realizado diversas modificaciones, entre las que se pueden destacar las siguientes:

  • En la sección 11, relativo al comercio intracomunitario, ventas a distancia y servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, TV y vía electrónica, con motivo de la transposición de las Directivas (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 y 2019/1995 de 21 de noviembre, se sustituye la información desglosada país por país por dos apartados en los que el declarante indicará si excede o no del límite conjunto de 10.000 euros y en su caso el destino, revocación y fecha de efecto del régimen especial.
  • En la sección 10, se añade un nuevo apartado relativo al nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales para hacer constar el alta o la baja del obligado a presentar la autoliquidación.
  • También en la sección 10 se incluye en materia de Impuestos Especiales para tramitar el alta o baja en el Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre Hidrocarburos.
  • Se hace constar la fecha de constitución y la fecha de inscripción en el Registro Mercantil respecto de los establecimientos permanentes de personas jurídicas o entidades no residentes.
  • Se introduce la posibilidad de dar de baja el domicilio de gestión administrativa.

En los modelos simplificados 030 y 037 las modificaciones son de carácter técnico, al añadir a las casillas en las que se hace constar la Referencia catastral de un inmueble una casilla adicional en la que se indicará la situación del inmueble a efectos de distinguir si el inmueble se encuentra en territorio común, en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, si carece de referencia catastral, o si está situado en el extranjero. Está modificación también se ha incluido en el modelo 036.

Fuente: Ministerio de Hacienda (22/03/2021) 

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