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[25574/idb:4] La Ley de la Ciencia se modifica para reconocer los méritos investigadores en los procesos selectivos

Con entrada en vigor el 23 de diciembre de 2021, la disposición final novena del Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables (BOE de 22 de diciembre), modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para:

  • Señalar expresamente que la evaluación del personal investigador contratado mediante el contrato laboral de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación se proyectará sobre las pruebas o fases de valoración del currículo del personal investigador que formen parte de los procesos selectivos ulteriores, de forma que tendrá efectos de exención o compensación de parte de las pruebas o fases de evaluación curricular o equivalentes, para todas las Administraciones públicas (nueva redacción del primer párrafo del art. 22.3)
  • Aplicar los efectos que acaban de exponerse al personal investigador que, de manera paralela a la regulación de los contratos de acceso, hayan superado una evaluación similar a la misma, o específica para investigadores consolidados realizada por la Agencia Estatal de Investigación, o equivalente a la del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o la que la pueda sustituir (nueva redacción disp. adic. 16ª –apdo. 1-).
  • Establecer en una norma con rango legal que, en la Oferta de Empleo Público, y para el acceso a las escalas de personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación, se reserve un 25 % de dichas plazas al personal señalado. También que se reserve un 15% para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y al profesorado permanente laboral (nueva redacción disp. adic. 16ª –apdos. 2 y 3-).
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