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[30060/idb:3] Se prevén cambios en la regulación de la colaboración social en la gestión de los tributos

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Los cambios que prevé este Proyecto son:

  • Extender el ámbito de la colaboración social a los servicios de información y asistencia que presta la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Además, se concreta que podrán ser sujetos de la colaboración social de prestación de estos servicios de información y asistencia, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local. No obstante, la suscripción de acuerdos de colaboración social entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y dichas Administraciones requerirá que su implantación en los respectivos ámbitos territoriales de actuación permita la adecuada prestación de los servicios de información y asistencia. Regulándose también las condiciones para la prestación por parte de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local, de determinados servicios de información y asistencia a los ciudadanos para la realización de trámites tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Se actualizan las referencias normativas contenidas en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública (23/02/2022)

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