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[31917/idb:3] La Comunidad Valenciana deflacta el IRPF y establece dos nuevas deducciones

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado el Decreto-Ley 14/2022, de 24 de octubre que adopta, entre otras medidas administrativas, una serie de modificaciones en el ámbito tributario en base a los efectos inflacionistas experimentados durante el último año y el correspondiente empobrecimiento de los ciudadanos.

Entre las medidas tributarias, podemos señalar las siguientes:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Se establece una nueva escala autonómica para el ejercicio 2022 que establece un tipo del 9% para las rentas inferiores a 12.000 euros, en lugar del 10% que fijaba la legislación anterior. Además, se dota de una mayor progresividad a la escala estableciendo tramos de 10.000 euros que minorarán la cuota autonómica de las rentas inferiores a 65.000 euros. Para las rentas superiores a 65.000 euros se mantienen los tramos y los tipos aplicables.

Se mejora el mínimo personal y familiar ampliando las cuantías previstas en la normativa estatal en un 10%.

Respecto a las deducciones, por un lado, se actualizan aquellas que tienen una cuantía fija, mejorando su cuantía en un 10%, se establece un régimen transitorio para la deducción para instalaciones de autoconsumo o generación de energía y se crean dos nuevas deducciones.

La primera deducción se basa en el crecimiento de los tipos de interés que dificultan la adquisición de la vivienda habitual y que se materializan en la subida de tipos de referencia como el EURIBOR. Con esta medida se permite una deducción del 50% de la diferencia respecto de las cantidades abonadas por el préstamo en el ejercicio anterior, con un límite de 100 euros.

La segunda se aplica a las mujeres sometidas a tratamientos de fertilidad, con edades comprendidas entre los 40 y 45 años, y tiene una cuantía de 100 euros.

Se realiza también una actualización de los límites de renta para la aplicación de los diversos incentivos contenidos en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, que en términos generales se amplían en torno a un 18%. De esta forma, las deducciones que anteriormente se limitaban a contribuyentes con bases liquidables inferiores a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 euros en tributación conjunta, se extienden a los contribuyentes cuyas bases sean inferiores a 30.000 euros en tributación individual o 47.000 euros en tributación conjunta.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES

Se realiza también una actualización o adecuación de las rentas para la aplicación de los tipos reducidos en la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas, monoparentales o por víctimas de violencia de género. En este caso, se aplicarán los mismos límites establecidos para la aplicación de las deducciones por el IRPF.

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