Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
[12964/idb:2] Periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales
Periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ha comunicado que el proyecto de Resolución sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales se encuentra a disposición de los interesados para el cumplimiento del trámite de audiencia durante 15 días hábiles.

La Resolución será de aplicación a todas las sociedades mercantiles españolas en la formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas. Respecto a las sociedades consolidadas únicamente será de aplicación a las sociedades radicadas en España que se consolidan por el método de integración global o proporcional al margen del marco de información financiera en que se formulen las citadas cuentas anuales.

El “deber de información” afecta únicamente a las operaciones comerciales, es decir, a los acreedores comerciales y, por tanto, la norma deja fuera de su ámbito objetivo de aplicación a los acreedores o proveedores que no cumplan la condición para el sujeto deudor que informa, como son los proveedores de inmovilizado o los acreedores por arrendamiento financiero.

Las sociedades mercantiles deberán incluir en la memoria de las cuentas anuales una nota independiente con la siguiente información:

  • Periodo medio de pago a proveedores
  • Ratio de las operaciones pagadas
  • Ratio de las operaciones pendientes de pago

Por último mencionar que la Resolución será de aplicación obligatoria para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, y se tendrán en cuenta las operaciones comerciales que hayan tenido lugar desde la entrada en vigor de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.

Puede consultar el texto del proyecto de Resolución aquí.

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232