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[12034/idb:3] Aprobados los proyectos de ley de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Aprobados los proyectos de ley de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial por el que se introducirán en el sistema judicial un paquete de medidas organizativas encaminadas a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los Tribunales y un mejor reparto de asuntos y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que introduce un conjunto de medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.

De la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial podemos destacar:

  • Se racionalizará el reparto de asuntos entre Juzgados para agilizar la Justicia
  • Se podrán especializar juzgados de forma temporal y adscribir jueces o secretarios judiciales al juez que esté conociendo de una causa penal compleja. Se incluyen medidas para equilibrar el reparto entre determinados juzgados.
  • Se extenderá la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer para asegurar la especialización y facilitar que las víctimas denuncien. Estos jueces se encargarán también de los delitos contra la intimidad, contra la propia imagen de la víctima y del delito de quebrantamiento de condena.
  • Los secretarios judiciales pasarán a llamarse letrados de la Administración de Justicia

En cuanto al Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

  • Se fomentará el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los trámites con la Administración de Justicia.
  • Se mejorará la regulación del juicio verbal.
  • En los procesos monitorios, el juez podrá verificar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos.
  • Se acorta el plazo de prescripción de las acciones personales.

Fuente: Moncloa (27-02-2015)

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