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[12296/idb:3] El Supremo establece que la competencia para fijar las tasas universitarias corresponde a las comunidades autónomas

El Tribunal Supremo en dos sentencias de 14 de mayo  de 2015 ha estimado en parte dos recursos de la Universidad Complutense de Madrid y declara la nulidad de varios artículos de los decretos del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid que fijaban las tasas universitarias en las universidades públicas de la comunidad para el curso académico 2012-13.

El Tribunal Supremo, en estas sentencias establece que la atribución de la competencia para fijar los precios públicos corresponde, en el ámbito educativo y respecto de los estudios para la obtención de los títulos de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, a la Comunidad Autónoma. Así, la concreta y específica fijación de los precios públicos ha de hacerse por la comunidad de Madrid, ateniendo al coste de la prestación del servicio.

La ausencia de datos económicos suministrados por la Universidad no puede servir de disculpa para no fijar el precio público y hacer una mera aproximación al mismo, pues ello es tanto como reconocer que esa previsión se encuentra desvinculada del coste de la prestación del servicio. El desconocimiento sobre el valor de lo que cuesta prestar ese servicio educativo, hace quebrar la propia naturaleza del precio público como contraprestación pecuniaria que se satisface por la prestación de servicioso la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho Público cuando, prestándose también los servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados y por ello debemos anular la sentencia impugnada únicamente, en lo relativo a la concreta y específica fijación de los precios públicos, que ha de hacerse, ateniendo al coste de la prestación del servicio, por la Comunidad de Madrid.

Asimismo, se declara la nulidad de determinados preceptos del Decreto 66/2012, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por no ser conformes con el ordenamiento jurídico.

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