La Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, en vigor el 14 de junio, además de afectar a las normas a las que debe su nombre: Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas [arts. 2.1.b), 13 bis, 14, 21.1 y disps. adics. 2.ª y 8.ª] y Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (arts. 4.3, 18.1 y 4, 20.1 y disp. adic. 1ª), incide sobre otras (Ley 30/1992 –disp. adic. 20.ª 5–, Ley 14/2000 –art. 49–, Ley 47/2003 –disp. adic. 9.ª–, Ley 25/2013 –arts. 4, 6, 9, 12.3 y disp. adic. 6.ª–), entre las que destacan, por afectar al ámbito sanitario:
- La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, donde el Título VII (Transparencia y sostenibilidad en el ámbito sanitario) es redactado en su integridad y se añaden dos disposiciones, una transitoria, la sexta (Remisión de información y publicación del gasto farmacéutico y del gasto en productos sanitarios no farmacéuticos de las Comunidades Autónomas) y otra final, la decimosexta donde se habilita a los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a modificar a través de Orden conjunta lo previsto en los artículos 107 a 110 sobre la delimitación del gasto farmacéutico hospitalario, gasto en productos farmacéuticos y sanitarios por recetas médicas u orden de dispensación y gasto en productos sanitarios sin receta médica u orden de dispensación.
- La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, cuyo artículo 8. quinquies (Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas)se ve afectado en su apartado 3.
Por último, cabe mencionar la habilitación conferida a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas para ceder información a la AEAT con relación a los datos personales de perceptores de pensiones y prestaciones del régimen de clases pasivas, (disp. final 9.ª Ley Orgánica 6/2015).