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[8293/idb:4] España y China avanzan en el Convenio de Seguridad Social
España y China avanzan en el Convenio de Seguridad Social

Continúan los trabajos para la elaboración de un convenio bilateral con China en materia de Seguridad Social. El objetivo principal es evitar la doble cotización a la Seguridad Social de los trabajadores nacionales desplazados en uno de los dos países. Desde enero de 2012, todos los trabajadores extranjeros deben estar asegurados en China, aunque sean trabajadores desplazados que ya estén afiliados en la Seguridad Social de sus países de origen.

Continúan los trabajos para la elaboración de un convenio bilateral con China en materia de Seguridad Social. Con ese objetivo se ha reunido el director general de Ordenación de la Seguridad social Rafael Barberá con representantes del Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social de China.

El principal objetivo que se persigue con este convenio es evitar la doble cotización a la Seguridad Social de los trabajadores desplazados en uno de los dos países. En principio, el texto en el que se trabaja excluye las cuestiones relativas a la totalización de períodos cotizados.

La elaboración de un Convenio Bilateral en materia de Seguridad Social adquiere gran relevancia cuando en enero de 2012, todos los trabajadores extranjeros deben estar asegurados en China, aunque sean trabajadores desplazados que ya estén afiliados en la Seguridad Social de sus países de origen.

El documento propone un sistema por el que los trabajadores por cuenta ajena temporalmente desplazados por sus empleadores en uno de los dos países mantengan la misma situación, en cuanto a la cotización por prestaciones de desempleo, jubilación e incapacidad, que habrían tenido de haber permanecido en sus países de origen.

Los trabajos se iniciaron en marzo de 2011, si bien el proceso preliminar de la negociación de un proyecto de Convenio bilateral de Seguridad Social con China se puede considerar iniciado en marzo de 2012, momento en que se remite la primera propuesta española.

REVISTA ACTIVA.-SEGURIDAD SOCIAL

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