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[12665/idb:3] Los contribuyentes con deudas hasta 30.000 euros podrán solicitar aplazamientos de pago sin aportar garantías
Los contribuyentes con deudas hasta 30.000 euros podrán solicitar aplazamientos de pago sin aportar garantías

Los contribuyentes que presenten solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas tributarias hasta 30.000 euros quedarán exentos de aportar garantías para su concesión, de acuerdo con una orden ministerial que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado, que regula el nuevo límite para la exención, situado hasta ahora en los 18.000 euros.

Esta mejora en las facilidades de pago de deudas afectará a todas las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se presenten ante la Agencia Tributaria, con excepción de las deudas generadas por la falta de ingreso de las retenciones de IRPF, que siguen siendo inaplazables, salvo la concurrencia de las causas excepcionales tasadas por ley, y de las deudas para las cuales el Código Aduanero Comunitario establece una regulación independiente.

La exención de garantías en las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos supone para el contribuyente una reducción de cargas indirectas, dado que la solicitud del aplazamiento se puede tramitar de forma más sencilla y rápida, y el solicitante no tiene que asumir los costes derivados de la solicitud de avales, hipotecas u otras garantías.

Además, para el año 2016, el tipo de interés de demora, el que rige para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias, bajará del 4,375% vigente en 2015 al 3,75%.

  Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (19/10/2015)

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