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[16161/idb:4] TSJ. Fecha de efectos de las pensiones del SOVI cuando media error de la TGSS en la emisión de informes de vida laboral

Las pensiones SOVI. Fecha de efectos cuando la pensión se solicita varios años después de cumplir los 65 años.  

Aún admitiendo que la actora no solicitó la prestación con anterioridad como consecuencia de la creencia, en base a los informes de vida laboral facilitados y erróneos, de que no cumplía con los días de cotización exigidos, dicho error cometido por la TGSS, no por el INSS, no puede amparar la pretensión de la actora en cuanto a la fijación de una fecha de efectos económicos anterior y diferente a la marcada en la ley. La parte actora debía haber presentado en todo caso la solicitud ante el INSS al tiempo de cumplir los 65 años, ya que los informes suministrados por la Tesorería carecen de valor vinculante, tan solo tienen valor informativo y el INSS podía haber tramitado el expediente correspondiente para el reconocimiento de la prestación al margen de la información suministrada por la Tesorería. Ello sin perjuicio de la opción que asiste a la actora de entablar acción judicial si considera que existe una responsabilidad patrimonial de la Tesorería por los daños ocasionados por informarle erróneamente en tres ocasiones de los días cotizados.

(STSJ de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, de 6 de mayo de 2016, rec. núm. 1558/2015)

 

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