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Navarra modifica los estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria

El gobierna navarro ha detectado la necesidad de potenciar el control tributario entendido en un sentido global y para ello se modifica el estatuto de este organismo autónomo  con el objetivo principal de potenciar las funciones del Servicio de Sistemas de Información Tributaria

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 7 de febrero de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 1/2019, de 16 de enero, por el que se modifican los Estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobados por Decreto Foral 135/2015, de 28 de agosto.

El Organismo Autónomo Hacienda Tributaria se encarga de la correcta y eficaz gestión y recaudación de los tributos, así como garantizar un escrupuloso y general respeto de las normas que los regulan. El gobierna navarro ha detectado al necesidad de potenciar el control tributario entendido en un sentido global y para ello se modifica el estatuto de este organismo autónomo  con el objetivo principal de potenciar las funciones del Servicio de Sistemas de Información Tributaria, ordenar su encaje con el resto de la organización y mejorar su eficacia en el cumplimiento de sus objetivos.

La gestión de la información es básica en cualquier organización moderna y de forma especialmente señalada, por los objetivos que persigue, dentro de la Hacienda Tributaria de Navarra. Hasta ahora la incorporación de la mayoría de datos que nutren las bases de datos tributarias se gestiona a través del Servicio de Sistemas de Información Tributaria, sin embargo, la explotación de esos datos se realiza de manera fragmentada en sedes de unidades diversas del organismo autónomo. Con la modificación que se propone se desea aprovechar la transversalidad del Servicio citado de manera que sea él quien lidere la implantación de los controles que luego han de aplicar las secciones gestoras de los diferentes impuestos. Se considera que de esa manera se gana en eficacia y se dotará de un enfoque más global a las labores de control tributario.

También se aprovecha esta modificación para precisar con más detalle alguna de las funciones que corresponden al Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente, principalmente en relación con el mantenimiento de la página web del Organismo, y a la Sección de Análisis Tributario en relación con la materia de acceso a la información pública.

Finalmente, esta modificación tiene en cuenta la incidencia en la estructura orgánica de nuevas figuras impositivas, como es el caso del Impuesto sobre la eliminación en vertedero y la incineración de residuos, o la recuperación de otras, como ocurre con el Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales.

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