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Navarra extiende hasta el 20 de julio de 2020 los plazos de presentación de las declaraciones del IRPF e IP 2019

Navarra aprueba las normas y modelos de declaración del IRPF e IP correspondientes al año 2019, y establece que deberán presentarse en el periodo comprendido entre los días 6 de mayo y 20 de julio de 2020.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 6 de mayo de 2020 se ha publicado la ORDEN FORAL 61/2020, de 30 de abril, de la Comunidad Foral de Navarra, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos, destacando que deberán presentarse en el periodo comprendido entre los días 6 de mayo y 20 de julio de 2020.

Las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondientes al año 2019, deberán presentarse en el periodo comprendido entre los días 6 de mayo y 20 de julio de 2020, ambos inclusive.

En el caso de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se presentarán con arreglo a alguna de las modalidades siguientes:

  1. Propuesta de autoliquidación.
  2. Modalidad «Renta Online» de presentación electrónica por internet.
  3. Presentación mediante Programa de Ayuda.
  4. Presentación a través del servicio de asistencia en la confección de declaraciones «Renta Guiada» prestado por la Hacienda Foral de Navarra.
  5. Presentación a través de los servicios de asistencia en la confección de declaraciones prestados por entidades colaboradoras.

En el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, esta Orden Foral establece como forma de presentación exclusiva de las declaraciones correspondientes al ejercicio 2019 la presentación electrónica a través de nternet.

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