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COVID-19. MUFACE: modificada la resolución que garantiza el mantenimiento del 100% de las retribuciones a los mutualistas que alcancen el día 91º de IT durante el estado de alarma

En el BOE del 24 de abril se publica la Resolución de 22 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifica la de 13 de abril de 2020, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal (IT), riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas, indicándose que:

  • La medida consistente en que a los mutualistas que alcancen el día 91º de la IT entre el 14 de marzo y el fin del estado de alarma se les mantendrá el 100 % de sus retribuciones más allá del día 91.º de la IT, será aplicada por los órganos de personal que no dispongan de la documentación completa para la tramitación del subsidio por MUFACE (nueva redacción del primer párr. del apdo. cuarto).
  • En los casos del abono del 100% durante el estado de alarma, la diferencia entre la cuantía del subsidio y el 100% de las retribuciones tendrá carácter de adelanto y deberá ser reintegrado o compensado con retribuciones futuras del mutualista, salvo que la legislación aplicable prevea el abono de complementos retributivos para las situaciones de IT que se prolonguen más allá del día 91.º (párr. añadido al apdo. cuarto).

Estas modificaciones entran en vigor el 25 de abril y son de aplicación a todos los procesos de IT que tengan lugar durante el estado de alarma.

 

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