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Álava modifica su reglamento de IVA para adaptarlo a los cambios ocasionados por la transposición de diversas directivas de la Unión Europea (contratación pública, seguros privados, planes de pensiones y del ámbito tributario y de litigios fiscales)

La incorporación al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales ha supuesto la introducción de modificaciones en el Reglamento del IVA, que exige la modificación del reglamento alavés de este impuesto.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, se ha publicado hoy, 26 de junio de 2020 el Decreto Foral 20/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 16 de junio que aprueba la modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril.

Mediante esta norma se adapta la normativa reglamentaria alavesa del IVA a la norma estatal, ya que el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma Vasca, establece que el IVA se regirá por las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento en el Estado.

El Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales ha supuesto la introducción de modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. En consecuencia, por el presente Decreto Foral, se hace necesario incorporar a la normativa del Territorio Histórico de Álava las modificaciones incluidas en cumplimiento de lo dispuesto en el Concierto Económico.

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