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Cambios en los modelos de declaraciones censales: 036, 037 y 030

Aprobados nuevos modelos de declaraciones censales de actividades empresariales y profesionales

Como es conocido, el  Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea, entre otras materias, en el ámbito tributario, afectando al Impuesto sobre el Valor Añadido y el Real Decreto Real Decreto 424/2021, de 15 de junio, que modifico el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, concluyen la regulación del comercio electrónico en el IVA.

El Real Decreto 424/2021, de 15 de junio, modifica diversos preceptos en materia de censos tributarios con la finalidad de incorporar de manera expresa la opción y revocación a la tributación en el Estado miembro de destino para aquellas microempresas que establecidas en un único Estado miembro no haya rebasado el umbral común a escala de la Unión de 10.000 euros anuales de ventas a distancia intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión y los prestados por vía electrónica a consumidores finales en Estados miembros donde no estén establecidas.

Estas modificaciones afectan, entre otras, a los modelos 036, 037 y 030 y esto ha conllevado la publicación en el BOE de 18 de junio de 2021 y en vigor el 1 de julio, de la Orden HAC/609/2021, de 16 de junio, que modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, que  aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, determina el lugar y forma de presentación del mismo.

En relación con el modelo 036 se han introducido los siguientes cambios:

  • Incorpora al modelo  tanto el ejercicio de la opción por la no sujeción al IVA de las entregas de bienes a que se refiere el artículo 68.Cuatro y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.8.º de la LIVA, como la comunicación de la sujeción de las entregas de bienes a que se refieren el artículo 68.Tres.a) y Cinco de la citada Ley, y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.4.º,a) de la misma Ley.
  • Introduce en el modelo  los cambios necesarios para permitir la declaración de inicio, modificación y cese de las actividades sujetas al Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
  • Además, incorpora en el modelo  las siguientes modificaciones de carácter técnico: 
  • Se introduce una casilla para informar de la situación del inmueble en cuanto a su referencia catastral (inmuebles con referencia catastral en territorio común, con referencia catastral en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, inmuebles sin dicha referencia asignada por la Dirección General del Catastro, o inmuebles situados en el extranjero).
  • Se introducen la fecha de constitución y la fecha de inscripción en el Registro Mercantil entre los datos a facilitar respecto de los establecimientos permanentes de personas jurídicas o entidades no residentes.
  • Se introduce la posibilidad de dar de baja el domicilio de gestión administrativa.

Por último, en relación con los modelos 037 y 030 se incluye, en consonancia con los cambios introducidos en el modelo 036, una casilla para informar de la situación del inmueble en cuanto a su referencia catastral.

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