Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
COVID-19: prórroga y cambios en la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

La Orden INT/790/2021, de 23 de julio (BOE de 24 de julio), modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, para:

     

  • incluir a Ucrania y suprimir a Ruanda y Tailandia del listado de terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la Unión Europea a través de las fronteras exteriores. Ha de tenerse en cuenta que el listado referido fue afectado por la Orden INT/715/2021, de 7 de julio (BOE de 8 de julio), para incluir a Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Brunei, Canadá, Jordania, Montenegro, Qatar, República de Moldavia, Arabia Saudí y Kosovo;
  • adaptar el párrafo final del apartado 1 del artículo 1, introducido mediante la Orden INT/420/2021, de 29 de abril, de modo que, aun en el marco de las restricciones reforzadas que afectan a las personas procedentes de países terceros para los que el Ministerio de Sanidad requiere cuarentena, siga siendo posible el tránsito a través de España de los residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino, y de los titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen, siempre que se dirijan a esos países; y, por último,
  • prorrogar sus efectos  hasta las 24:00 horas del 31 de agosto de 2021. Téngase en cuenta que la última norma publicada al respecto –Orden INT/677/2021, de 28 de junio–, llevaba estas restricciones hasta las 24:00 horas del 31 de julio de 2021.
Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232