Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
El TC avala multas de hasta 600.000 euros para empresarios que nieguen información a Hacienda en una inspección

El Tribunal Constitucional respalda lo establecido en el artículo 203.6 b) 1º de la Ley General Tributaria, que fue modificado en 2012 con el objeto de intensificar tanto la prevención como la lucha contra el fraude. El citado artículo establece lo siguiente:

Si la infracción se refiere a la aportación o al examen de libros de contabilidad, registros fiscales, ficheros, programas, sistemas operativos y de control o consista en el incumplimiento del deber de facilitar la entrada o permanencia en fincas y locales o el reconocimiento de elementos o instalaciones, consistirá en multa pecuniaria proporcional del 2 por ciento de la cifra de negocios correspondiente al último ejercicio cuyo plazo de declaración hubiese finalizado en el momento de comisión de la infracción, con un mínimo de 20.000 euros y un máximo de 600.000 euros.”

El Tribunal Supremo en su cuestión de inconstitucionalidad, ahora resulta por el TC, planteaba la posible incompatibilidad de este artículo con el principio de proporcionalidad de las sanciones, pero la sentencia del TC establece que dicho principio no queda vulnerado pues el artículo deja cierto margen al organismo sancionador para adecuar la multa en función de la conducta del sujeto infractor.

La sentencia igualmente destaca que la sanción es aplicable sólo en aquellos casos en que la informacion no facilitada se refiera a la contabilidad empresarial en sentido amplio, no a informaciones o a datos concretos, que se tipifican en otros preceptos con una sanción inferior.

Fuente: cincodias.elpais.com

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232