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Cesión definitiva del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos a las CC.AA. de Andalucía, Illes Balears, Canarias, Cataluña, C. Valenciana y Galicia

Estas seis Comunidades Autónomas son las que han solicitado que la cesión del tributo se haga de manera prioritaria

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular creo el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. En la referida Ley se contempla la posibilidad de ceder el impuesto y de atribuir competencias normativas y de gestión a las Comunidades Autónomas.

Con la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, se artículó la cesión a las Comunidades Autónomas de este nuevo impuesto, al introducir modificaciones en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), y en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, ya que en el sistema de financiación autonómica, la cesión efectiva de un impuesto requiere que se produzcan los acuerdos en los marcos institucionales de cooperación en materia de financiación autonómica establecidos y las modificaciones normativas correspondientes.

Las Comunidades Autónomas de Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana y Galicia son las que han solicitado que la cesión del tributo se haga de manera prioritaria.

Las Comisiones Mixtas de las mencionadas Comunidades Autónomas han aprobado el Acuerdo respectivo de aceptación de la cesión del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión a las Comunidad Autónoma, donde se recoge la posibilidad de que la comunidad ejerza sobre este impuesto las competencias normativas que quedan delimitadas por la ley que regula el sistema de financiación autonómica.

Para dar cumplimiento a lo recogido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en los respectivos Estatutos de Autonomía, en el BOE de 28 de diciembre de 2022 se han publicado las siguientes Leyes de modificación de la Ley del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión:

  • Ley 32/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 18/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. 
  • Ley 33/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 26/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
  • Ley 34/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 16/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Cataluña y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
  • Ley 35/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 23/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunitat Valenciana y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
  • Ley 36/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 17/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
  • Ley 37/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.

Las seis Leyes mencionadas modifican el artículo 1 de su respectiva Ley del año 2010, para incorporar la cesión del el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos en la lista de tributos cuyo rendimiento se cede a la Comunidad.

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