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Proyecto de Orden de los modelos 149 y 151 sobre trabajadores desplazados a territorio español

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que aprueba los modelos para el régimen especial del IRPF

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que aprueba los modelo 149 y 151 del IRPF sobre el régimen especial de trabajadores e inversores desplazados en territorio español y se modifica el modelo 210. 

Con efectos desde el 1 de enero de 2023, se establece una nueva regulación para los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español por medio de la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. 

Así, las personas físicas que adquieran la residencia en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, podrán optar por tributar con arreglo a las normas del IRNR para las rentas obtenidas sin establecimiento permanente, con ciertas reglas especiales, manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF durante el periodo en que se efectúe el cambio y los cinco periodos impositivos siguientes. Régimen también aplicable, con requisitos, al cónyuge e hijos menores de 25 años, o cualquiera que sea su edad en caso de discapacidad. 

En consecuencia, se hace necesario la aprobación del modelo 149, donde los sujetos pasivos que pueden acogerse al citado régimen deberán comunicar de manera individual la opción por la tributación por este régimen y a su vez, el modelo 151 para la declaración de los contribuyentes por este régimen especial del IRPF.

Por último, se modifica el modelo 210 con el objeto de mejorar la gestión de las autoliquidaciones cuando se trate de rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles, de modo que el declarante ha de ser necesariamente el propio contribuyente. 

Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública (10/03/2023) 

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