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Tarifas generales de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual

Se publica en el BOE de 5 de abril, la Orden CUD/330/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba la metodología para la determinación de las tarifas generales de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual por la utilización de su repertorio y el contenido de la memoria económica que debe acompañar a las tarifas generales.

Tras la anulación Orden ECD/2574/2015 por Sentencia 508/2018 del Tribunal Supremo al observarse un defecto de forma en su tramitación, se hacía preciso aprobar de nuevo la metodología para la determinación de las tarifas generales en relación con la remuneración exigible por la utilización del repertorio de obras gestionado por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

La orden, con entrada en vigor el 6 de abril, es de aplicación obligatoria para las entidades de gestión y tiene por objeto aprobar la metodología para la determinación de las tarifas generales, simples y claras, que las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual deben establecer por la utilización del repertorio que gestionan, así como el contenido de la memoria económica que ha de acompañar dichas tarifas y cuyo contenido se determinará reglamentariamente. Si bien, La metodología de esta orden no será de aplicación obligatoria a los acuerdos alcanzados entre las entidades de gestión y los usuarios para la aplicación de tarifas distintas de las generales.

Establece tres tipos de tarifas generales entre los que los usuarios podrán elegir:

a) Tarifa general de uso efectivo.
b) Tarifa general de uso por disponibilidad promediada.
c) Tarifa general de uso puntual.

En todas, la tarifas, el precio se establecerá de acuerdo con el grado de uso efectivo, la intensidad y relevancia del uso y los ingresos económicos obtenidos por el usuario por la explotación comercial del repertorio.

Cada entidad de gestión deberá publicar y mantener actualizado y accesible en su página web, un catálogo de tarifas generales, que contendrá la totalidad de sus tarifas generales vigentes.

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