Por otra parte, a la disposición adicional primera del RDL. Como consideración previa ha de señalarse que mediante el
libro primero del RDL, en vigor el
29 de julio de 2023 (disps.
final novena y
trans. primera RDL),
se transpone al ordenamiento jurídico español
la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas intracomunitarias. De esta parte del RDL, y sin perjuicio de emplazar a la consulta del resumen publicado en la web
civil-mercantil.com, destacamos, por un lado, las
previsiones relativas a los derechos de información y consulta de los trabajadores en este tipo de operaciones, todo ello
sin perjuicio, y aquí queremos poner el acento,
de los que les asisten conforme a la legislación laboral (
disp. adic. primera. 1)
y, por otro lado, el señalamiento de que
se aplicará el artículo 44 del ET cuando las modificaciones estructurales allí reguladas supongan un cambio en la titularidad de la empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma (
disp. adic. primera.2).