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Álava modifica los tipos reducidos de IVA para productos esenciales como aceites y pastas

El Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2024 adapta los tipos reducidos del IVA para productos esenciales, con rebajas temporales en alimentos como aceites y pastas.

En el Boletín Oficial del Territorio de Álava se ha publicado el 23 de octubre de 2024, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 15 de octubre. Aprobar la adaptación a la normativa tributaria de Álava de diversas modificaciones introducidas en el IVA.

Esta modificación incluye las medidas del Real Decreto-ley 4/2024, extendiendo la aplicación de tipos reducidos de IVA para ciertos alimentos, con el objetivo de mitigar los efectos de la inflación y beneficiar a los consumidores, especialmente a los más vulnerables, si bien los efectos temporales de algunas de ellas ya han concluido.

Las principales modificaciones son:

1. Prórrogas de tipos reducidos de IVA hasta diciembre de 2024:

  • Desde el 1 de julio a el 30 de septiembre de 2024, se aplica un IVA del 5% a pastas y aceites de semillas, y del 0% a alimentos básicos como el pan, leche, queso, huevos, frutas y verduras.
  • A partir del 1 de octubre, los tipos subirán al 7,5% y 2%, respectivamente, hasta diciembre de 2024.
  • El IVA sobre el aceite de oliva pasa temporalmente del 5% al 0% hasta el 30 de septiembre de 2024. Luego, aumentará al 2% hasta el final del año.

2. Cambios a partir de 2025:

  • El aceite de oliva desde enero de 2025 se considerará de primera necesidad y el tipo impositivo será del 4%.

Estas medidas buscan garantizar precios accesibles para los alimentos hasta que se estabilicen los mercados y reducir el impacto en el poder adquisitivo de las familias.

Además, se mejora la redacción en euskera de ciertos artículos del decreto y se incluye una actualización en el tratamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.

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