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Modificación de la normativa pública contable

El BOE de 31 de marzo ha publicado la Orden HAP/538/2015 por la que se modifican normas relativas a la contabilidad pública.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 creó el servicio presupuestario 05 “Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación” para financiar con cargo al mismo aquellos contratos que, por sus características, permitan una financiación centralizada. El procedimiento de ejecución del gasto de estos contratos consiste en una gestión centralizada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación hasta la fase de compromiso del gasto y una gestión descentralizada por los responsables de los servicios en cada departamento u organismo en la fase de reconocimiento de la obligación y propuesta de pago.

Esta descentralización afecta también a las facultades relativas a la conformidad de las facturas y resto de facultades previstas en el artículo 22 de la Ley de Contratos del Sector Público.

En consecuencia, era necesario modificar la normativa de desarrollo contable de la Administración General del Estado y de la Administración Institucional del Estado para recoger las especialidades que el procedimiento de ejecución del gasto de los contratos centralizados conlleva en la operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto, en la autorización de los documentos contables, en la gestión del Registro contable de facturas, y en las competencias de las oficinas de contabilidad de la Administración General del Estado.

También ha sido modificada la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado con el fin de incluir en la Memoria de las Cuentas Anuales información sobre la antigüedad de los derechos presupuestarios pendientes de cobro.

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