Con entrada en vigor el 25 de junio de 2015, la Resolución de 13 de mayo de 2015, de la Tesorería General de la Seguridad Social, modifica el criterio de atribución de competencia fijada en la instrucción tercera de la Resolución de 16 de julio de 2004, con relación al reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, de forma que a partir de este momento dicha competencia la detentan, exclusivamente, las direcciones provinciales de la TGSS para todo el periodo hasta los 60 meses.