Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
AESA publica recomendaciones para el uso responsable de los drones en actividades lúdicas
AESA publica recomendaciones para el uso responsable de los drones en actividades lúdicas

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha publicado una serie de recomendaciones sobre el uso de los drones en actividades de ocio o recreativas, con el objetivo de concienciar a la ciudadanía de que "los drones no son juguetes, son aeronaves" y hay que utilizarlos en los espacios adecuados y respetando las medidas de seguridad.

España cuenta desde hace un año con una normativa que regula el uso de los drones para actividades profesionales, que tienen que cumplir una serie de requisitos para poder operar con ellos (ART. 50 DE LA LEY 18/2014, de 15 de octubre). Sin embargo, el uso de estas aeronaves pilotadas por control remoto es cada vez más popular entre los ciudadanos para actividades lúdicas o deportivas y aunque los requisitos para operar son diferentes a los del uso profesional, también hay que cumplir una serie de requisitos de seguridad.

La Agencia recuerda que el uso de un dron como hobby o vuelo recreativo no necesita habilitación de AESA, pero sí debe cumplir las normas de seguridad. En ese sentido, la Agencia destaca que no se pueden volar drones en zonas urbanas y tampoco sobre aglomeraciones de personas, es decir, no se pueden volar drones en parques, playas, conciertos, bodas, manifestaciones, procesiones, etc.

Además, tampoco se pueden usar de noche, ni cerca de aeropuertos, aeródromos, helipuertos o donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como las zonas de parapente, ultraligeros, paracaidismo, etc.

También hay que tener en cuenta que la normativa europea establece que ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas.

La Agencia también destaca que aunque para usar un dron de forma lúdica no es necesario ser piloto, sí se debe saber volar con seguridad, porque además de que no se puede poner en peligro a las personas en tierra y a otras aeronaves, los daños que cause el dron son responsabilidad de quien lo maneja.

Finalmente, AESA recuerda que el uso imprudente de un dron puede tener consecuencias para otras personas y a la persona que pilote el dron de forma indebida se le pueden imponer multas de hasta 225.000 euros.

Fuente: Ministerio de Fomento

Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232