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Condena por vulnerar el derecho al honor de personaje público en programa televisivo

Los tres condenados tendrán que pagar una indemnización de 120.000 euros por daños morales

El Tribunal Supremo, en sentencia de 15 de septiembre de 2015, ha confirmado la condena a tres colaboradores del programa de televisión Sálvame, Mila Ximénez, Belén Esteban y Kiko Matamoros, por insultar gravemente a Carmen Lomana en dos programas de televisión. Los tres condenados tendrán que pagar una indemnización de 120.000 euros por daños morales (60.000 euros Mila Ximénez, 30.000 euros Belén Esteban y 30.000 euros Kiko Matamoros).

La sentencia de la Sala de lo Civil confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que, como la de instancia, declaró la existencia de intromisión ilegítima en el honor de la demandante por los graves y reiterados insultos y descalificaciones vertidas en los programas Sálvame y Sálvame Deluxe, emitidos en abril de 2011. Durante sus intervenciones los colaboradores se refirieron a Carmen Lomana como “sinvergüenza, analfabeta, payasa, imbécil, estafadora, cateta, idiota, auténtico perro, chupas el culo para que te inviten a fiestas, de padres cerdos, hijos marranos, me lo paso por el potorro, buscavidas, tonta del culo, busca camas altas y cerda”.

La Sala de lo Civil considera que la mayoría de esas palabras y expresiones son tenidas en el concepto público como puros y simples insultos o expresiones dirigidas a ofender. Añade que, por su entidad y reiteración en un corto espacio de tiempo y la puesta en escena, con gestos soeces y palabras y actitudes provocadoras y desafiantes, pretendían ridiculizar al personaje, con insinuaciones insidiosas, vejatorias y gratuitas que agravian innecesariamente su dignidad o su prestigio.

La sentencia, que reitera su doctrina, indica que "también estos programas, por más habitualmente agresivos que sean y por más tolerados socialmente que estén, tienen reglas y entre estas se encuentran las impuestas por la protección de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución".

Fuente: Poder Judicial

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