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Cuenta General de las Entidades Locales

La Intervención General de la Administración del Estado mediante Resolución de 13 de noviembre de 2015 ha recomendado a las Instituciones de control externo de las cuentas de las Entidades Locales un formato normalizado para la Cuenta General de dichas entidades, de forma que se de continuidad a la homogeneización en la rendición de cuentas por parte de éstas y se siga facilitando la rendición de cuentas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

Con la aprobación de las nuevas Instrucciones de los modelos Normal y Simplificado de contabilidad local, por Órdenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, respectivamente, y la modificación de la Instrucción del modelo Básico de contabilidad local, a través de la citada Orden HAP/1782/2013, se inicia una nueva etapa en la contabilidad de la Administración local al incorporarse diferencias sustanciales con la normativa contable precedente. Estas diferencias han afectado, entre otros aspectos, a las cuentas anuales habiéndose ampliado el número de documentos que las integran y viéndose modificados la estructura y contenido de los documentos que se mantienen. Los cambios operados en la estructura y contenido obligan a revisa y modificar el formato normalizado en soporte informático.

El formato se recomienda a la propia entidad local, a sus organismos autónomos y a los consorcios que se le adscriban en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional vigésima de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

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