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Modificación de los Presupuestos Generales de Navarra para 2016

En el BON de hoy además de la Ley Foral 13/2016, de 19 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, se ha publicado la Ley Foral 11/2016, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Ley Foral 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2016.

La Ley Foral 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2016, regula la concesión de avales y préstamos por parte del sector público. Sin embargo, sólo concreta una autorización al Departamento de Desarrollo Económico para conceder avales, sin establecer nada respecto a los préstamos, ni concreción alguna respecto al riesgo vivo máximo, tanto de unos como de otros. Además, no establece los mecanismos necesarios para garantizar el cumplimento de los límites respecto al principio de prudencia financiera definido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Mediante esta norma se  subsanan dichas omisiones y se completa esta regulación de la concesión de avales y préstamos por parte del sector público, añadiéndose una mención concreta a un préstamo a otorgar a la Fundación Baluarte y excluyéndose de los límites establecidos en dicho precepto, tanto de los préstamos como de los avales, las operaciones englobadas en el marco del “Programa BEI-Moderna” y las que se concierten entre el Gobierno de Navarra con sus sociedades públicas o entre las sociedades públicas entre sí.

Por otra parte, se considera que procede incrementar el límite de endeudamiento del Gobierno de Navarra en 3.400.000 euros, correspondiente a amortización de endeudamiento de empresas públicas dentro del perímetro de consolidación, ya que ello no supone incremento de endeudamiento en términos SEC 2010 y todo ello, siempre y cuando no se autorice a dichas empresas para la formalización de nuevas operaciones. Asimismo, se considera conveniente autorizar la adquisición de compromisos de gastos plurianuales superiores a los previstos en el artículo 40.2 de la Ley Foral 13/007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, cuando se trate de conceder ayudas a entidades locales para adaptar sus respectivos Planes Generales Municipales a la normativa urbanística

 

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