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El Consejo de Ministros aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de blanqueo de capitales
El Consejo de Ministros aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de blanqueo de capitales

El Consejo de Ministros, a través del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, ha aprobado el Reglamento de desarrollo de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Este Reglamento atiende las últimas recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI), organismo intergubernamental encargado de fijar los estándares internacionales en la lucha contra el blanqueo, al que pertenece España desde su fundación. Las últimas recomendaciones de este organismo, de febrero de 2012, no han sido incorporadas todavía en una Directiva comunitaria, pero España ha decidido adelantar su aplicación y situar así la regulación nacional en esta materia a la vanguardia internacional. Además, con esta nueva regulación se pretende incrementar la eficacia del modelo de prevención incorporando un enfoque orientado al riesgo exigible tanto para el sector público como privado.

La citada Ley de 2010 es una norma que recoge las más novedosas exigencias internacionales en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En 2013 se realizaron algunas modificaciones como la incorporación de nuevos requerimientos, en particular en relación con las personas con responsabilidad pública.

El Reglamento concreta algunas obligaciones de los "sujetos obligados": Medidas de diligencia debida en cuanto al conocimiento e identificación de los clientes, comunicación de operaciones sospechosas al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), y dotación de los medios humanos y materiales necesarios para dar cumplimiento a estas obligaciones, que deberán ser sometidas a un auditor externo.

Además, el Reglamento concreta y desarrolla el concepto del enfoque de riesgo establecido en la Ley para concentrar los esfuerzos de control en aquellos clientes, operaciones o productos que presentan más riesgos. Por último, refuerza los órganos de representación institucional para dar cabida a nuevas parcelas de actividad.

Fuente: La Moncloa (30/04/2014)

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