Buscador

  • Cursos en presencia y online

    Descubre la variedad de cursos que ofrece el CEF.- en las áreas: Contabilidad, Administración de Empresas, Laboral, Tributación, Recursos Humanos, Jurídica, Prevención y Marketing. Siempre es buen momento para aprender, actualizar conocimientos y reciclarse.

    Ver cursos

  • Grados Universidad UDIMA

    La UDIMA es la Universidad que va contigo. Ya no tendrás que desplazarte al Campus ya que, con nuestra metodología, podrás encajar tus estudios con tu ritmo de vida con el compromiso de que tus profesores estarán más cerca de ti que en la formación presencial. Estudiar lo que siempre quisiste es posible ahora con la UDIMA, La Universid@d Cercana.

    Ver Grados

  • Imprimir
Publicado el modelo de autoliquidación del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero

En el BOE del día 1 de mayo de 2014, se ha publicado la Orden HAP/685/2014, de 29 de abril, que aprueba el modelo 587 "Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación", y establece la forma y procedimiento para su presentación.

El citado modelo 587 se configura como un modelo de presentación electrónica por Internet y su presentación se enmarca en la normativa general establecida por la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, siendo la forma, procedimiento y condiciones generales de presentación objeto de remisión a la citada orden.

La presentación del modelo 587 así como, en su caso, el ingreso de la cuota tributaria en el Tesoro Público, salvo cuando se domicilie el pago, se efectuará por los obligados tributarios en los siguientes plazos:

  • Autoliquidación correspondiente al primer cuatrimestre del año natural: del 1 al 20 del mes de mayo inmediatamente posterior.
  • Autoliquidación correspondiente al segundo cuatrimestre del año natural del 1 al 20 del mes de septiembre inmediatamente posterior.
  • Autoliquidación correspondiente al tercer cuatrimestre del año natural. del 1 al 20 del mes de enero inmediatamente posterior.

Cuando se domicilie el pago, la presentación se efectuará en los siguientes plazos:

  • Autoliquidación correspondiente al primer cuatrimestre del año natural: del 1 al 15 del mes de mayo inmediatamente posterior.
  • Autoliquidación correspondiente al segundo cuatrimestre del año natural: del 1 al 15 del mes de septiembre inmediatamente posterior.
  • Autoliquidación correspondiente al tercer cuatrimestre del año natural: del 1 al 15 del mes de enero inmediatamente posterior.
Uso de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies.
test: 192.1.7.232