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Modificación del Reglamento que regula las obligaciones de facturación de Gipuzkoa

Mediante el Decreto Foral 2/2014, de 4 de febrero, por el que aprobado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa del hoy, 11 de febrero de 2014, se modifica el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 8/2013, de 26 de febrero, con el fin  de acomodar el contenido de las facturas respecto del régimen especial del IVA del  criterio de caja contenido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

El  contenido que tienen que incluir las facturas, en tanto que cumplen la función de documentos justificativos de las operaciones que realicen los empresarios y profesionales en el desarrollo de sus actividades económicas, se determinó en el Decreto Foral 8/2013, de 26 de febrero, que aprobó el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.

Con la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se introdujo un nuevo régimen especial en el IVA, relativo al criterio de caja, en virtud del cual se retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido en la mayoría de las operaciones comerciales del sujeto pasivo hasta el momento del cobro, total o parcial, a sus clientes, con la fecha límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquél en que las mismas se han efectuado. Por tanto, resulta necesario realizar determinadas modificaciones en el régimen de emisión de facturas, a los efectos de establecer la obligación de incluir en las facturas la referencia al régimen especial del criterio de caja cuando el sujeto pasivo se haya acogido al mismo.

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