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El Congreso aprueba el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público

La Comisión de Hacienda y Función Pública ha aprobado en su sesión del 27 de julio de 2017 el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE. Una vez debatidos y votados en Comisión, con competencia legislativa plena, el informe de la ponencia y las enmiendas al articulado, el texto continúa su tramitación en el Senado.

La Comisión ha aprobado el informe de la ponencia, que ya incorpora enmiendas acordadas por los grupos, con 20 votos a favor y 17 abstenciones. En el debate y votación de este jueves ha salido adelante por unanimidad un texto presentado y firmado por todos los grupos en relación con la disposición adicional séptima.

Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la Ley son lograr una mayor transparencia en la contratación pública y, en segundo lugar, el de conseguir una mejor relación calidad-precio, tal y como explica la exposición de motivos que recoge el texto consensuado en el trámite de ponencia. Para lograrlo se establece la obligación de los órganos de contratación de velar porque el diseño de los criterios de adjudicación permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato. También se pretende atender a la necesidad de simplificación de los trámites y con ello, de imponer una menor burocracia para los licitadores y mejor acceso para las pymes.

El proceso de licitación debe resultar más simple, con la idea de reducir las cargas administrativas de todos los operadores económicos intervinientes en este ámbito, beneficiando así tanto a los licitadores, como a los órganos de contratación. Se introducen normas más estrictas tanto en beneficio de las empresas como de sus trabajadores, de manera que las nuevas normas endurecen las disposiciones sobre esta materia en las denominadas ofertas "anormalmente bajas". 

Con este proyecto se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 2014/23/UE de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, institución de larga tradición jurídica en el derecho español, y la Directiva 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, dejando la transposición de la Directiva 2014/25/UE de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales a otra ley específica, que asimismo incorporará al ordenamiento jurídico español la parte de la Directiva 2014/23/UE que resulte de aplicación a los sectores citados.

Asimismo, trata de diseñar un sistema de contratación pública, más eficiente, transparente e íntegro, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos públicos, tanto a través de la satisfacción de las necesidades de los órganos de contratación, como mediante una mejora de las condiciones de acceso y participación en las licitaciones públicas de los operadores económicos, y a través de la prestación de mejores servicios a los usuarios de los mismos, persiguiendo la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad.

El proyecto de ley será remitido ahora al Senado, donde se presentaran, debatirán y votarán enmiendas al articulado. En caso de que en la Cámara Alta no se apruebe ningún cambio al texto enviado por el Congreso, quedará listo para ser publicado en el BOE y entrar en vigor, pero si se modifica tendrá que volver a la Cámara Baja para que decida, en Pleno, si mantiene o revoca las enmiendas del Senado.

Fuente: Congreso de los Diputados

 

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