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TSJ. Subsidio para mayores de 55 años por responsabilidades familiares: los ascendientes no son miembros computables como sujetos a cargo

La protección por desempleo. Nivel asistencial. Subsidio para mayores de 55 años por responsabilidades familiares. Beneficiaria que cuida a su madre de 84 años quedando la convivencia acreditada.

Procede el reintegro de la prestación indebidamente percibida, ya que los ascendientes no son tenidos en cuenta a los efectos de determinar las responsabilidades familiares. Y ello con independencia de que dicho subsidio haya sido concedido en su momento por error imputable a la entidad gestora. Voto particular. En el caso analizado, la concesión del subsidio por resolución administrativa firme del SPEE, generó razonablemente en la beneficiaria una expectativa legítima, sin que en ningún momento, ni ella, ni nadie por su cuenta, indujera a error a la entidad gestora del desempleo en la concesión del subsidio, ocultando datos u obrando de cualquier forma fraudulenta o de mala fe. Por ello, condenar al reintegro de una cantidad equivalente a 10.057,87 euros supone una injerencia desproporcionada en el derecho a la propiedad, máxime cuando dicho importe ha sido destinado a subvenir las necesidades existenciales básicas de una mujer a cuyo cargo y bajo su dependencia se hallaba su madre de avanzada edad, a quien desde hace 10 años la beneficiaria del subsidio cuida.

(STSJ de Cataluña, Sala de lo Social, de 8 de noviembre de 2018, rec. núm. 4934/2018)

 

 

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